Entre los días 21 y 23 de octubre, participamos en la I Convención de PLAMTA, Plataforma de organizaciones medioambientales Mar, Tierra y Aire, en Arona, Tenerife.
El tema que tratamos fue sobre las Leyes y compromisos incumplidos y olvidados, sobre medio ambiente, tanto a nivel europeo como estatal, autonómico y local.

Ejemplos,
• Unión Europea.
Tratado de UE, Artículo 3.3 y Tratado de funcionamiento, Artículos 11, 191, 192 y 193.
• España.
Constitución española. Artículo 45.
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación ambiental.
Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de Protección del medio marino.
Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, Ley de Aguas.
Ley 43/2003, de 21 de noviembre, Ley de Montes.
Ley 34/2007, de 15 de noviembre, Ley de calidad del aire y protección de la atmósfera.
Ley 7/2022, de 8 de abril, Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
Ley 7/2021 Ley de Cambio Climático y transición energética.
• Autonomías.
Estatuto de Autonomía Andalucía, Título VII. Medio ambiente. Artículos 195 al 206.
Estatuto de Autonomía Región de Murcia, Título I, Artículos 10 y 11.
· Pacto de alcaldías, hoy Pacto mundial de los Alcaldes para el Clima y la Energía,
y muchas más.
Nuestra pregunta es ¿Si tenemos estas normativas, leyes, decretos, y un gran etcétera, porque ocurren casos como……?
El Algarrobico en Carboneras, Almería; los piletones de Fosfoyesos en Huelva; Doñana; el Mar Menor; Marina Isla de Valdecañas, embalse de Flix, Río Ebro; Vertedero de Zaldívar; y por desgracia un largo etcétera.
Que está fallando?, creemos que hay un incumplimiento general de las normativas en todos los ámbitos y que puntos como el Artículo 191 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que en el punto 2 dice,
“La política de la Unión en el ámbito del medio ambiente tendrá como objetivo alcanzar un nivel de protección elevado, teniendo presente la diversidad de situaciones existentes en las distintas regiones de la Unión.
Se basará en los principios de cautela y de acción preventiva, en el principio de corrección de los atentados al medio ambiente, preferentemente en la fuente misma, y en el principio de quien contamina paga.”
Nos parece un cierre muy inadecuado para una normativa que en teoría pretende defender el medio ambiente.
Podéis ver todas las ponencias del sábado 22 por la tarde en el siguiente enlace, https://www.facebook.com/AronaSOSAtlantico/videos/499926978813589
“Buenas ideas, buenas palabras, buenas acciones.“